Aplicamos retenciones de IIBB en las transferencias de terceros e ingresos de dinero que recibas en LB Finanzas si te encontrás en el padrón del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA). En operaciones entre cuentas de la misma titularidad, no aplicaremos esta retención.
Las jurisdicciones adheridas a SIRCUPA son:
Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego
La alícuota que te corresponde es la establecida por el padrón de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB) y puede variar entre 0,01% y 5%.
Podes ingresar al siguiente link: https://sircreb.comarb.gob.ar/sircreb/contribuyente/ colocando tu CUIT/CUIL.
Si estás inscripto en IIBB (Régimen Local o Convenio Multilateral):
Las retenciones se computan como crédito fiscal en tus declaraciones juradas mensuales.
Si te retuvieron de más, podés compensarlo con futuros saldos a pagar.
En algunas provincias existe la posibilidad de pedir devolución o acreditación de saldos a favor (pero suelen demorar y requieren trámite formal).
¿Tienes algún otra duda o consulta? No dudes en escribirnos al soporte.
